MARTÍN MURATURE, entre marcas y patentes
1-¿Con que fin una persona debe registrar su marca?
Una persona o una
empresa solicita el registro de su marca con el fin de obtener la propiedad
exclusiva de la misma, ya que hasta tanto no lo haga, no le pertenece y
cualquier tercero podría utilizar la misma marca, e incluso registrarla de mala
por su cuenta vulnerando sus derechos.
2- ¿Qué puede registrarse? ¿Un nombre, un apellido, un número?
¿Qué más?
Pueden registrarse como marcas para distinguir productos y
servicios: una o más palabras con o sin contenido conceptual; los dibujos; los
emblemas; los monogramas; los grabados; los estampados; los sellos; las
imágenes; las bandas; las combinaciones de colores aplicadas en un lugar
determinado de los productos o de los envases; los envoltorios; los envases;
las combinaciones de letras y de números; las letras y números por su dibujo
especial; las frases publicitarias; los relieves con capacidad distintiva y
todo otro signo con tal capacidad.
3-¿Qué se inscribe para tener derecho de autor?
Se podrá proteger
como Derecho de Autor (Propiedad Intelectual) las obras científicas, literarias
y artísticas y los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los
programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros
materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales;
las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujo, pintura,
escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia aplicadas al
comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos,
fotografías, grabados y fonogramas; en fin, toda producción científica,
literaria, artística o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de
reproducción. La protección del derecho de autor abarcará la expresión de
ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos pero no
esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí.
4- ¿Cada cuantos años un autor debe registrar su obra en
Argentina?
El plazo de vigencia de una obra depositada ante la
Dirección Nacional de Derecho de Autor es de 3 años, renovable indefinidamente.
Si antes de su vencimiento no se renueva, la misma pasará a ser incinerada.
5- ¿Cómo se protege el software?
Un Software se protege ante la Dirección Nacional de Derecho
de Autor. La diferencia con las obras científicas, literarias y artísticas es
que se presenta en un formulario diferente.
6-¿Algún día Internet
será legislado? Hace falta.
Internet de a poco
está siendo legislado. Ya existen diferentes normas para ir contemplando los
problemas que se generan actualmente. Por ejemplo NIC ARGENTINA (donde se
registran los dominios de internet en nuestro país) ya cuenta con un reglamento
el cual debe ser observado por todos quienes cuenten o deseen obtener un
dominio de internet.
7-¿Qué es la patente? ¿Tiene que ver con ser inventor no?
Una patente de invención es un derecho exclusivo que el
Estado otorga al inventor, a cambio de que éste brinde a la sociedad el fruto
de su investigación. La solicitud de patente se publica a los 18 meses, dejando
de ser secreta para pasar al estado de público conocimiento.
Las enseñanzas técnicas derivadas de esa solicitud, pueden
servir de base para que terceros desarrollen perfeccionamientos sucesivos,
contribuyendo a un mayor avance en el estado de la técnica. El derecho
exclusivo tiene una duración de 20 años, durante los cuales el titular puede
justamente, impedir que terceros exploten su invención.
Pasado ese lapso, la patente pasa a ser de dominio público,
ello significa que cualquier persona puede hacer uso de la misma sin tener que
abonar regalías al titular de la patente.
¡Saludos!
Agradezco al Dr Martín Murature por responder a mis preguntas. Temas que me interesan pues soy escritora.
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